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Supongo que muchos lectores de La Bitácora del Tigre habrán sufrido abusos semejantes al que voy a relatar aquí, y que por tanto entenderán mi lógico cabreo. Resulta que después de una interminable jornada laboral (siete horas y tres cuartos por la mañana y otras tres por la tarde), llega uno a casa, se pone a escuchar una selección de fragmentos para piano (Best Piano Classics 100, una colección de seis discos de la EMI, publicada en 2005) y de repente suena el móvil.

Descuelgo sin prestar mucha atención al origen de la llamada, y al otro lado del hilo telefónico (es un decir) suena una voz femenina que, con la cantinela bien aprendida, me informa de no sé qué campaña para activar un servicio gratuito de Movistar. Yo le contesto que no me interesa y la voz me porfía: “es que se trata de un servicio gratuito”. Le reitero mi desinterés en tal asunto, pues ya pago un móvil y una conexión ADSL a Internet que incluye llamadas nacionales, y le hago ver, en tono deliberadamente irritado, que las 21,10 de la noche no son el mejor momento del día para soportar la publicidad telefónica.

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El Prrofesor Potâchov de Moldavia ha publicado hace pocas horas una entrada en la que se pregunta, con su habitual retranca, sobre la conveniencia de que los sitios educativos incluyan publicidad. La Bitácora del Tigre ya se ha pronunciado alguna vez sobre este tema: en concreto, en los artículos titulados La etiqueta en los blogs educativos y Más sobre publicidad en los blogs. Mi posición a la inserción de publicidad en un blog educativo de carácter personal era y es abiertamente favorable, aunque con ciertas cautelas que paso a detallar, resumiendo lo que señalé en el artículo del 28 de abril de 2007:

  • La inserción de publicidad sólo se justifica si sirve para financiar actividades directamente relacionadas con la existencia del blog: alojamiento, soporte técnico, conectividad, servicios añadidos, etc.
  • Conviene que el autor de un blog advierta a sus visitantes de la existencia de publicidad y que ofrezca las explicaciones pertinentes. También es aconsejable que advierta a sus lectores de cualquier cambio en la política del blog en relación con la presencia de anuncios.
  • En la medida de lo posible, el contenido de la publicidad debe ser coherente con el contenido y los propósitos de un blog educativo. Se supone que la tecnología de publicidad contextual garantiza esta coherencia, aunque en la práctica no siempre es así.
  • La publicidad no debe ser intrusiva, molesta o abusiva, debe estar claramente identificada y, si es posible, separada del contenido del blog, y debe ser respetuosa con los hábitos de los lectores. Los visitantes de un blog tienen derecho a una lectura fluida, sin interrupciones y sin sobresaltos.
  • El contenido publicitario debe hallarse en proporción razonable respecto a los contenidos propios del blog. No es aceptable un blog educativo que funcione como una mera valla publicitaria o un escaparate de anuncios.
  • El blog no debe utilizar estrategias ni mecanismos cuyo objetivo sea maximizar los beneficios publicitarios a costa de la libertad o la confianza del usuario.

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El anuncio más inútil de la historia

Si hay algo que me molesta cuando voy al cine (y voy muy a menudo, de modo que me molesta con frecuencia), es el famoso anuncio contra la piratería que se proyecta antes de comenzar la película. Pensaba que sólo lo ponían en los cines, pero acabo de comprobar que también forma parte de los DVDs; por ejemplo, de todos los que componen el paquete de la primera temporada de la serie Prison Break, que Pilar y yo llevamos algunos días disfrutando.

A quién se le habrá ocurrido la idea de incluir en los DVDs anuncios irreductibles al mando a distancia (el caso de la publicidad anti piratería no es el único, por cierto; en muchas colecciones de DVDs hay cortinillas que uno se tiene que tragar, velis nolis). Es un abuso sobre los consumidores y además una burla, pues justamente sólo padecen esta intrusión quienes compran el material audiovisual y no quienes lo piratean. Vale, ya sé que no soy un santo y que yo también participo de la fiesta del P2P, pero alguien tendría que advertir a las productoras y distribuidoras cinematográficas que con estas prácticas no se disuade a los consumidores de la práctica del pirateo. Más bien se alienta a ella, por vía del cabreo inducido.

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Juanjo Muñoz Lorencio acaba de publicar una entrada sobre Publicidad en los blogs que me ha hecho pensar sobre la conveniencia y oportunidad de la inserción de anuncios en las bitácoras no profesionales, es decir, aquéllas cuyos autores no viven de su producción bloguera. Creo que es necesario hacer este distingo, porque, si hay negocio de por medio, la discusión no debería ni siquiera suscitarse: quien vende un producto (que puede ser el propio blog), tiene todo el derecho a utilizar las estrategias comerciales que le parezcan adecuadas, sin otras limitaciones que las que le impongan las leyes vigentes y su propia conciencia. Ya se encargarán los visitantes de juzgar, en uso de su interés como potenciales clientes, si los servicios o productos que vende el blog merecen la pena o no.

Juanjo critica el uso de publicidad en los blogs con un apasionamiento muy sugestivo y argumentos no exentos de humor, aunque desde mi punto de vista un tanto cogidos por los pelos:

Veo la publicidad en los blogs igual que si, leyendo El Quijote, en los márgenes de las páginas me encontrara publicidad de los excelentes quesos manchegos, o cualquier cuadro de Rubens incluyera el ad sense de alguna clínica de cirugía estética. No, no me gusta nada y sí, creo firmemente que la publicidad devalúa los blogs. Y lo digo como lector de bitácoras, no pretendo adoctrinar. Es verdad, yo no pago alojamiento por el blog, y más de uno justifica prestar su bitácora a anunciantes con el pretexto de recuperar algo de lo invertido. Pero ni así me sirve. Un blog es un regalo o no es un blog, o es una actividad romántica ajena al mercado o forma parte de él. No me gusta verlos convertidos en vallas publicitarias en cuanto tienen un poco de éxito o nada más nacer. Insisto, hablo como lector.

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Hace algún tiempo que incluyo en el blog publicidad contextual, proporcionada por Google Adsense. Algún dinerillo me deja, aunque no tanto como para sufragar los gastos de alojamiento, que es lo que yo pretendía, con ingenuidad digna de mejor causa, cuando me di de alta en este servicio, originalmente destinado a Lengua en Secundaria.

En todo caso, no publico esta entrada para quejarme de los magros ingresos que percibo, ni tampoco para protestar contra Google y su al parecer imparable carrera hacia la figura del Gran Hermano orwelliano (anteayer vi el vídeo que José Mª González Serna ha incluido en una reciente entrada de su blog, y la verdad es que no faltan motivos para sentirse preocupado por su omnímodo poder), sino más bien para discutir, si es posible con una nota humorística, la eficacia de la publicidad contextual que Google Adsense proporciona.

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Desde que el 6 de noviembre del año pasado comenzó a generar ingresos mi cuenta en AdSense de Google, creada originalmente para Lengua en Secundaria, he acumulado una modesta cantidad, que llamaré X. Pues bien, en ese mismo período de tiempo, los gastos de alojamiento de mi web en Acens han supuesto una cifra que equivale a 2,67X. No hace falta subrayar que si Lengua en Secundaria fuera una empresa que viviera de la publicidad, hace tiempo que habría cerrado.

Picado por la curiosidad, he hecho algunos cálculos, basados en los informes de AdSense. Según mis estimaciones, necesitaría un tráfico casi tres veces superior al actual (y hay que tener en cuenta que éste es considerable, pues Lengua en Secundaria recibió una media de 6.305 visitas diarias en el período comprendido entre el 26-XI-2005 y el 7-IX-2006), para obtener unos ingresos por publicidad que compensaran el gasto de alojamiento. Y eso contando además con que se mantuviera la proporción de clics sobre los enlaces recomendados por Google, así como el porcentaje de búsquedas realizadas desde las páginas de mi web. Ahora bien, el aumento de tráfico no es una solución al problema de financiar la web, porque llevaría aparejado un incremento proporcional de los costes de alojamiento (lo que mi proveedor califica como “exceso de consumo de transferencia”), incremento que según mis cálculos supondría más o menos el doble de lo que vengo pagando hasta el momento por dicho concepto.

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