Veo con desagrado que cada vez son más habituales en la blogosfera educativa las manifestaciones públicas de profesores que no tienen empacho en meter el dedo en el ojo a sus compañeros, a menudo con muy débiles argumentos. A mi modo de ver, este tipo de intervenciones -en el caso que nos ocupa, acerca de los exámenes de recuperación en Secundaria- son un síntoma de un fenómeno cada vez más frecuente en todos los órdenes, no sólo en el educativo: la utilización de las grandes palabras que afirman defender hermosos principios progresistas como una coartada bajo la que se cobijan toda clase de simplificaciones abusivas, cuando no discursos hueros y altisonantes, más propios del tono fogoso del mitin que del ámbito docente.
En circunstancias normales, no me hubiera decidido a expresar por escrito mi rechazo a este tipo de actitudes, pues ello da pie a polémicas que en última instancia resultan poco edificantes y aún menos productivas. Sin embargo, hay asuntos en los que uno se siente personalmente aludido y profesionalmente puesto en cuestión, y que obligan a poner algunos puntos sobre sus respectivas íes.
Viene este preámbulo a cuento de Algun@s no saben dónde están (la arroba es del título, no mía) una reciente entrada del blog de Montse Pedroche, en el que esta compañera arremete contra la costumbre de convocar exámenes de recuperación, mediante “citaciones estilo facultad”, para los alumnos de la ESO que tienen materias pendientes. Cito el párrafo donde Montse expone el núcleo de su argumentación:
Es entendible que se expongan carteles de este tipo para aquell@s alumn@s que tengan alguna asignatura pendiente que no estén cursando en el curso actual. Pero en el caso de las asignaturas que se cursan todos los años no entiendo la existencia de estos carteles estilo facultad. Porque como muy bien especifica la ley, en el contexto de la evaluación continua, cuando un alumno o alumna promocione con alguna asignatura pendiente, serán los profesores y profesoras del curso siguiente los que se encarguen de establecer las oportunadas [sic] actividades de recuperación. Vamos, que no se trata de convocar exámenes (y menos en horas lectivas en las que pierden clases de otras asignaturas) sino de proponer un conjunto de actividades que posibiliten que el alumno o alumna alcance los objetivos que no consiguió alcanzar el curso anterior.
Pues estoy convencido, contra la opinión de mi compañera docente, de que existen razones poderosas para sostener la conveniencia de este tipo de convocatorias de los exámenes de recuperación en Secundaria, con citaciones oficiales de por medio:
- Que constituyen una garantía de respeto a los derechos de los alumnos. Si una programación docente o las normas de un departamento didáctico prevén la realización de exámenes de recuperación (una práctica con la que se puede o no estar de acuerdo, pero que es perfectamente legítima de acuerdo con la normativa vigente y siempre que la programación haya sido aprobada por el Servicio de Inspección), qué menos que se anuncien, de forma pública, que se pase comunicación a la Jefatura de Estudios del centro y que se advierta a los alumnos, con tiempo suficiente, de la fecha y hora del ejercicio.
- Que proporcionan a los docentes un marco de referencia para llevar a cabo los procesos de evaluación. Ese marco de referencia es, por otra parte, un medio de coordinación didáctica y una garantía de transparencia. Por supuesto, los exámenes “oficiales” no deben ser la única acción de coordinación que adopte un departamento didáctico, pero tampoco hay por qué poner en solfa las decisiones que a este respecto tomen los profesores.
- Que la existencia de los exámenes de recuperación de pendientes, por sí misma, no vulnera ninguna de las disposiciones vigentes sobre evaluación, siempre que aquéllos se sitúen en el contexto adecuado. Yo nunca he sido partidario de que los exámenes sean la única medida de recuperación para alumnos de la ESO (si alguien duda de esta afirmación, puede leer las normas de evaluación que figuran en los documentos incluidos en la página de programaciones didácticas en Lengua en Secundaria), pero creo conveniente que las medidas de recuperación incluyan este tipo de pruebas, y que se valoren de forma sensata y previamente anunciada a los alumnos (un tercio, o un cuarenta por cierto de la nota global, por ejemplo).
- Que las propias convocatorias, y la formalidad que se supone al acto del que forman parte, tienen un valor educativo. La enseñanza pública no es una entidad abstracta en la que conviven no menos abstractos derechos y deberes de sus integrantes, sino una institución que opera a través de centros educativos, cada uno de ellos con sus propias normas, procesos de actuación y documentos. Que los estudiantes tengan presentes las normas sobre los exámenes de recuperación en Secundaria y que se acostumbren a lidiar con textos formales e instruccionales tal vez no sean los principales objetivos del proceso educativo, pero tampoco son propósitos desdeñables.
Montse está en su derecho de criticar una medida que a su juicio es pedagógicamente desacertada, y de alzarse contra lo que cree una injusticia, un abuso, o incluso un fraude de ley, pero no de faltar al respeto a sus colegas, entre los que me cuento. Cuando finaliza su artículo con una frase campanuda y despectiva, tal que “Y si hay compañer@s que lo que desean es ser profesores/as de facultad pues ya saben, a la facultad”, realiza una suposición aventurada, y además se arroga una posición de fiscal y juez que, evidentemente, no le corresponde, despreciando al mismo tiempo una labor que, por mucho que no coincida con sus presupuestos didácticos y pedagógicos, se merece seguramente una mayor consideración.
corsaria dice
«La utilización de las grandes palabras que afirman defender hermosos principios progresistas como una coartada bajo la que se cobijan toda clase de simplificaciones abusivas, cuando no discursos hueros y altisonantes, más propios del tono fogoso del mitin que del ámbito docente»
Amén!! Cuánto sentido común vertido en un sólo párrafo. Nos estamos acostumbrando a no pensar. Y eso es… malo.
Saludos. :-)
mikirago dice
Buenos días, Eduardo,
Mi duda es si realmente en las decisiones sobre la educación de nuestro hijos que al final toman el colectivo de la enseñanza (cuya mayoria esta formada por el colectivo de los profesores, corrigeme si estoy equivocado) se argumentan escudandose en unas razones pedagógicas, cuando lo que realmente se busca es una mejora en las condiciones laborales, ej: horario sólo de mañana en primaria.
No entiendo el poco o nulo peso que tenemos los padres en la toma de decisiones.
No entiendo como se permiten a las pocas semanas de las Navidades(después de 2 semanas de fiesta), se permita otra semana de fiesta, excusandose en que si la Semana del Carnaval, de la nieve, etc….., rompiendo de nuevo el ritmo a los alumnos.
En fin, supongo que tu lo verás desde otro prisma, pero no sabeis los malabarismo que tenemos que hacer los padres para conciliar la vida laboral con la vida educativa de nuestro hijos.
Saludos
Eduardo Larequi dice
Has traído a este blog, Mikirago, un tema muy peliagudo, en el que la manifestación de cualquier opinión obliga a andar con pies de plomo.
No se puede negar que, a menudo, bajo las decisiones educativas se esconden los intereses laborales de los docentes; el ejemplo que tú señalas es probablemente el más obvio, pero no el único.
Ahora bien, admitido esto, hay que decir también que la institución escolar no tiene por qué garantizar la conciliación de los horarios laborales de los padres con los escolares de sus hijos. Para esa finalidad están las guarderías, cuya organización, plantilla y medios tienen poco que ver con los de un colegio de Primaria y nada con los de un Instituto.
Tal vez el modelo organizativo de los centros escolares tenga que cambiar y ajustarse a los patrones de núcleos familiares en los que cada vez es más frecuente que trabajen padre y madre, pero está por ver que un gobierno quiera lidiar en serio con este asunto. Me temo que los padres que tenéis hijos pequeños seguiréis teniendo que hacer juegos malabares.