El pasado jueves 30 de noviembre entregué en el registro del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra los papeles del concurso de traslados de Secundaria. Hasta la presente edición, los presentaba en una carpeta de esas azules, corriente y moliente, que suscitaba las afiladas críticas de Pilar («mira que eres cutre, Eduardo») y sus no menos mordaces pronósticos («con la puerta en las narices, te van a dar»).
A pesar de que, como casi siempre, Pilar tiene más razón que una santa, en esto del concurso yo he seguido siendo fiel a mis manías: discreción y austeridad en el continente (la carpeta azul de marras), y orden y claridad en la relación de documentos, por mucho que tales valores se demostraran, año tras año, palmariamente faltos de eficacia. En la edición 2006-2007 del concurso de traslados, sin embargo, me he permitido un toque de modernidad y, animado por el ejemplo de un compañero de Primaria que me enseñó hace unas semanas una carpeta fashion total, actualicé el cartapacio, agrupé los papeles con un par de encuadernaciones muy elegantes, e identifiqué todos los documentos con etiquetas autoadhesivas.
Si no me fallan las cuentas (y soy muy ordenado con los papeles relacionados con la función pública), esta es mi decimocuarta o decimoquinta participación en este tipo de eventos. Soy, pues, un experto en lo de ordenar certificados y hacer cábalas, que normalmente se demuestran tan acertadas como el cuento de la lechera. Por otro lado, siempre que me embarco en una nueva edición del concurso de traslados de Secundaria tengo presente aquello que decía mi abuelo Martín García, «contra el vicio de pedir, la virtud existe de no dar», un sabio refrán que, elevando un poco más el tono y los referentes (al fin y al cabo soy profesor de lengua y literatura), se podría complementar con el famoso rótulo del infierno dantesco, «lasciate ogni speranza, voi ch’entrate», porque cada año que pasa somos más en el bombo y menos plazas para repartir.
En fin, nada que cualquier otro compañero docente no haya sentido o padecido muchas veces, de variadas formas y en distintas fases de humor y resignación. Esto que cuento aquí es costumbrismo funcionarial puro y duro, que cada quisque afronta como puede, con mejor o peor ánimo, y no tengo la menor intención de sacar los pies del tiesto ni exagerar la nota. Lo que me interesa aquí es poner de relieve un par de novedades de la edición del concurso de traslados de este año, que seguramente a muchos compañeros han pasado desapercibidas.
La primera es que la base undécima contempla la posibilidad de invocar el «Derecho preferente para elección de destino de las funcionarias víctimas de violencia de género, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la violencia de Género». La segunda aparece en el Anexo VI, epígafe 2.1, relativo a méritos derivados de las publicaciones, y constituye una nueva y mucho más estricta regulación de este capítulo.
Poco tengo que decir sobre el asunto del derecho preferente de elección de destino para las funcionarias víctimas de la violencia de género, salvo que acaso no sería mala idea regularlo también para los casos de aquellos docentes que, con independencia de su sexo, han sido objeto de violencias y agresiones en el desempeño de su labor educativa. Aplicado una vez el principio de discriminación positiva, no se ve claro dónde puedan detenerse las reivindicaciones y las salvedades a la norma general.
Respecto a la segunda novedad, parece necesario decir algo más. En primer lugar que, a juzgar por lo que yo he tratado con varios compañeros, era prácticamente desconocida para la gran mayoría. Me he puesto en contacto con inspectores, gente con experiencia en la actividad sindical y letrados del Departamento de Educación, y nadie ha sabido explicarme el porqué del cambio, que parece haber llegado a los textos administrativos casi de tapadillo. A la luz de tales circunstancias, uno se pregunta si el endurecimiento de los criterios para admitir méritos derivados de las publicaciones obedece a un sano y plausible deseo de controlar posibles abusos (yo fui una vez presidente de un tribunal de oposiciones y puedo afirmar que todo lo que presentaron quienes llegaron a la segunda fase del concurso-oposición era perfectamente legítimo) o son, simplemente, ganas de chinchar.
Y ya que estamos, ¿qué hay de las publicaciones electrónicas, de Internet, de los documentos en formato web, de la Web 2.0 y demás hierbas? Véase lo que dice la antedicha regulación (cito por la convocatoria de la Comunidad Foral de Navarra, B.O.N. nº 136, de 13-XI-2006): «En el caso de publicaciones que solamente se den en formato electrónico, se presentará un informe oficial en el cual el organismo emisor certificará que la publicación aparece en la base de datos bibliográfica. En este documento se indicará la base de datos, el título de la publicación, los autores, la revista, el volumen, el año y la página inicial y final». Dicho en otros términos: quien tenga publicaciones electrónicas, que se vaya preparando para emprender un camino empedrado de obstáculos.
Y las publicaciones convencionales no han salido mejor paradas. Hasta ahora, para justificar como mérito una publicación había que presentar el ejemplar correspondiente, que debía tener ISBN (o ISSN) para ser valorado. Pues bien, véase el nuevo enunciado del baremo de méritos: «Documentos justificativos: Los ejemplares correspondientes, así como certificado de la editorial donde conste el número de ejemplares y que la difusión de los mismos ha sido en librerías comerciales». Y sigue: «Aquellas publicaciones que estando obligadas a consignar el I.S.B.N. en virtud de lo dispuesto por el Decreto 2984/1972, de 2 de noviembre, carezcan del mismo, no serán valoradas, así como aquellas en las que el autor sea editor de las mismas».
No es porque a mí me afecte negativamente (que me afecta, aunque no creo que por ello me juegue mis inexistentes posibilidades de lograr la plaza a que aspiro), pero todo esto me parece un abuso y un absurdo totales. Que me expliquen los autores de estas disparatadas normas cómo puede conseguir el más activo y diligente de los funcionarios los anhelados certificados de distribución comercial (supongo que los responsables del invento saben que hay publicaciones académicas que simplemente no se distribuyen por tales vías) en los quince o diecisiete días de plazo que dispone la convocatoria del concurso para presentar los documentos; imagínense qué harán con mi solicitud de certificación, si me decido a enviarla, en una universidad norteamericana que me editó un artículo hace ya una buena porrada de años.
Y que me explique alguien, si lo sabe y tiene ganas de charla, el porqué de estas disposiciones abusivas, que nos llenan de entusiasmo y regocijo a los que tenemos una modesta obra en letras de molde y aspiramos a hacerla un poquito más nutrida y valiosa en cada curso escolar. Nos ayudarían mucho a dormir bien por las noches, y a reconciliarnos con nuestra propia conciencia, aclarándonos el caso.
lbarriocanal dice
Pues parece que se han vuelto «majaras», Eduardo. Además de entragar los ejemplares si saber muy bien si los devolverán algún día, el dichoso certificado por el que los editores acabarán mandándonos a paseo.
Y además de todo eso está el tema de cómo se valora la formación. Tener que entregar certificados cuando se supone que por cada sexenio ya has demostrado al menos 300 horas. Claro, que si tienes más de 400 ya no te valoran más. Así que da igual tener 400 que 4000.
Para colmo las horas hechas como ponente cuentan lo mismo, con el agravante de que te valoran como mucho 100. A partir de ahí da igual, porque solo te darán un punto. Y ese mismo punto es el que te dan por tener adquirida una segunda especialidad. Así que si aportas esto último, el impartir cursos no te habrá servido de nada.
Yo creo que ninguna empresa con un jefe de personal en su sano juicio emplearía esta política de incentivos con su personal.
¡Manda huevos! ¡En qué empresa de xxxx trabajamos!
Eduardo Larequi dice
Sí, efectivamente, lo de la formación en otra cosa sobre la que algún día habría que hablar largo y tendido. En Navarra no rige el sistema retributivo de los sexenios (afortunadamente para nosotros), pero el baremo de méritos respecto a formación es el mismo.
Saludos en este día de fiesta.